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Tucumán

Qué cosas se pueden hacer y no hacer hasta el 30 de mayo en la provincia

Tras la publicación del DNU presidencial y la adhesión de la provincia, estas son las actividades que se podrán hacer en Tucumán.

El gobierno de Tucumán adhirió en su totalidad al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Alberto Fernández que contempla medidas para aplicar en los lugares donde rige un alto riesgo epidemiológico, y que alcanzarían a al menos 10 departamentos de nuestra provincia según los parámetros establecidos por Nación. En aquellos lugares regirá el confinamiento decido por Nación en acuerdo con las provincias, por lo que habrá muchas actividades que no se podrán hacer hasta el 30 de mayo.
A última hora del viernes, el DNU con las nuevas restricciones que regirán por los próximos nueve días fue publicado en el Boletín Oficial, e inmediatamente el Gobierno de la provincia anunció su adhesión total al mismo. Este sábado por la mañana el gobierno de la provincia emitió un instrumento legal donde adhiere y comparte las decisiones tomadas a nivel nacional.
El DNU anuncia nuevas medidas aplicables a los lugares en alto riesgo y alarma epidemiológica, según unos parámetros establecidos por el Gobierno Nacional (razón e incidencia). En nuestra provincia se consideran de alto riesgo epidemiológico los departamentos de Burruyacú, Capital, Chicligasta, Cruz Alta, Leales, Lules, Monteros, Río Chico, Tafí Viejo y Yerba Buena. Las medidas regirán para esas localidades, mientras el resto quedaría exento.
Entonces, qué se podrá y qué no se podrá hacer en las zonas alcanzadas por el DNU. Estará prohibido: -Circular entre las 18 horas y las 6 horas del día siguiente -Se prohíbe la circulación interjurisdiccional en cualquier horario.
-La presencialidad en las actividades económicas, deportivas, actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.
-En todos los casos que sea posible se deberán realizar las tareas bajo la modalidad de teletrabajo.
-No se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.
-Los bares y locales gastronómicos no podrán recibir público en sus salones a ninguna hora.
-No podrán utilizar el transporte pública ninguna personas que no este expresamente autorizada para el desempeño de sus actividades laborales, casos especiales, atención de salud y vacunación.
Lo que sí esta permitido:
-Salir de los domicilios solo para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.
-Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.
-Los locales gastronómicos podrán funcionar solo con el servicio de envíos a domicilio o expedir para llevar.
 
 

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